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Los títulos náuticos deben renovarse cada 10 años, excepto las personas mayores de 70 años, que deberán renovar cada 5 años. El certificado PER o para otros títulos náuticos es imprescindible.

Las solicitudes, junto con el certificado PER y otros títulos náuticos que te facilitemos, deberán presentarse en: Departamento de Agricultura, Ganadería, Pesca, Alimentación y Medio Natural.

A tener en cuenta

  • Realizamos y te entregamos en el acto el certificado de aptitudes psicofísicas obligatorio para la obtención o renovación de tu título de patrón.
  • Sólo necesitas traer tu DNI.
  • Necesitarás una fotografía de carnet, que te podemos hacer nosotros o bien traer tú.
  • Necesario cita previa.
  • Parking gratuito.

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